4.1.3. Personas mayores asociadas para la participación social
HARTU-EMANAK, Asociación para el aprendizaje permanente y la participación social de las personas mayores, creada en 2002, trabaja por la promoción de una sociedad más participativa, democrática y solidaria mediante la participación social activa, el desarrollo de proyectos de aprendizaje permanente, y la transmisión de la experiencia de sus miembros a la sociedad, en general, y a las nuevas generaciones, en particular. Se encuentra ubicada en Bizkaia.
En 2006 creó un grupo de trabajo denominado "Personas Mayores y Servicios Sociales" en el que se analizan, entre otros, aspectos relacionados con la LAAD.
Destacamos las principales cuestiones que esta asociación aborda en la valoración que nos han remitido:
– Consideran positivos los siguientes aspectos de la ley:
• Reconocimiento del derecho a la promoción de la autonomía y la atención a la dependencia como derecho subjetivo de ciudadanía.
• Definición de los grados de dependencia.
• Establecimiento de un catálogo de prestaciones y servicios.
– La ciudadanía ha pasado de un estado de ilusión y esperanza, ante las expectativas que ofrecía la LAAD, a un estado de desilusión, desconfianza y crítica hacia las instituciones por la tardanza y los desajustes en la aplicación de aquélla.
– No define, con criterios objetivos, la valoración del entorno social complementario al informe médico individual.
– En su opinión, la representación del movimiento asociativo de personas mayores y del tercer sector debería estar presente en el Comité Consultivo contemplado en el artículo 40 de la LAAD; en general resulta imprescindible mejorar la participación y representación de las Asociaciones de Personas Mayores en los Órganos Consultivos y Consejos Asesores.
– Habría que anticipar el horizonte temporal para la completa implantación de la LAAD, fijado actualmente en 8 años, a 6 años.
– Consideran muy positiva la aprobación por el Parlamento Vasco de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
– El plazo para la universalización del Sistema Vasco de Servicios Sociales, de 8 años a partir de la entrada en vigor, no debería ser superior a 5 años.
– El espacio sociosanitario no se regula suficientemente y el futuro de su desarrollo es incierto.
– Por lo que se refiere a la CAPV, no se advierten avances en el desarrollo de dicho espacio sociosanitario. Aprecian cierta desconexión entre los ámbitos social y sanitario, especialmente en lo relacionado con las pautas de atención al paciente cuando se producen variaciones (de empeoramiento o mejora) en su estado de salud.
– Excesiva dilación de los procedimientos de valoración y elaboración del plan individualizado de atención.
– Colapso inicial en los servicios sociales de base con sede en los ayuntamientos.
– Debilidad que presenta el servicio de ayuda a domicilio pese a ser uno de los servicios más demandados por las personas mayores para potenciar su autonomía personal y permanecer en su entorno natural. Se hace precisa su urgente mejora.
– La dotación de recursos económicos es insuficiente; es preciso garantizar una financiación pública sostenible.
– Consideran que el reparto actual de las competencias entre las diferentes administraciones públicas no es el adecuado y que dificulta la coordinación y armonización interinstitucional y pone en riesgo la eficacia del sistema y la eficiencia de los recursos.
– Se ve la necesidad de mejorar los servicios de información, orientación, valoración y diagnóstico, así como de potenciar el papel de los servicios sociales de base.
– Es necesario potenciar y consolidar los programas de atención y apoyo a las personas mayores dependientes que residan en sus domicilios y a sus familias o personas cuidadoras, para contribuir a la mejora de la calidad de vida de unas y otras; un buen modelo es el programa ZAINDUZ de la Diputación Foral de Bizkaia.
– Conviene mejorar la atención a la ciudadanía instando a los correspondientes organismos para que tengan permanentemente actualizada la información que aparece en su página oficial "web", especialmente por lo que se refiere a la normativa en vigor.